“” La verdad es lo que es, y sigue siendo verdad aunque se piense al revés.”"

Enero 30, 2008

POR EL DERECHO A NACER

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 2:07 pm

POR EL DERECHO

A NACER

Sábado, 16 de FEBRERO

MANIFESTACIÓN SILENCIOSA

HORA: Comienza a las 18:00 h. Termina a las 18:30 h.

LUGAR: Frente a la GIRALDA (Plaza Virgen de los Reyes)

Se invita a los asistentes:

A llevar una vela por las víctimas y en señal de esperanza.

No portar otras pancartas. El único lema es “por el derecho a nacer”.

Se invita a las iglesias que lo deseen:

A que toquen a difunto durante la concentración.

Del 9 al 16 de FEBRERO

SEMANA de ORACIÓN

Se invita a todas las parroquias a rezar por el derecho a la vida

desde el mismo instante de la Concepción.

Confiamos en vuestros donativos para financiar la campaña de sensibilización social.

Foto: la mano de un feto de 21 semanas se agarra al dedo del cirujano que lo iba a operar dentro del útero.

Nació y sigue viviendo.

Enero 29, 2008

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 8:19 am

Asociación de Víctimas del Aborto (AVA)  Teléfono de asistencia 24 horas: 900 500 505
 

¿Has sufrido un aborto provocado?

Sentimos mucho tu pérdida:recibe nuestro más sentido pésame por tu hijo. Aquí queremos que vuelvas a vivir e integres tu vivencia con ayuda de todos. Tú te merecías algo mejor.

Queremos ayudarte. Nosotras sí te comprendemos y sabemos por lo que estás pasando en silencio.

María nos cuenta desde Cádiz en esta entrevista de radio cómo fue su aborto y su maternidad. Así es el aborto en España: no hay información ni alternativas para la mujer. aquí en este enlace : http://video.google.com/videoplay?docid=-3935133319962456755&hl=es

María de la Cuesta Román sufrió un aborto provocado en el centro El Sur de Cádiz en el 2004. Escucha su historia aquí.

http://video.google.com/videoplay?docid=-3935133319962456755&hl=es

 

 

Asociación de Víctimas del Aborto (AVA)

Teléfono de asistencia 24 horas: 900 500 505 Fundación L�nea de Atención a la Mujer

Enero 23, 2008

¿Por dónde empezaría usted?

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 3:16 pm

Enero 22, 2008

Camino a los altares

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 10:04 am

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Oración para implorar favores por intercesión del Siervo de Dios, el Papa Juan Pablo II

Oh Trinidad Santa,

Te damos gracias por haber concedido a la Iglesia al Papa Juan Pablo II y porque en él has reflejado la ternura de Tu paternidad, la gloria de la cruz de Cristo y el esplendor del Espíritu de amor.

Él, confiando totalmente en tu infinita misericordia y en la maternal intercesión de María, nos ha mostrado una imagen viva de Jesús Buen Pastor, indicándonos la santidad, alto grado de la vida cristiana ordinaria, como camino para alcanzar la comunión eterna Contigo.

Concédenos, por su intercesión, y si es Tu voluntad, el favor que imploramos, con la esperanza de que sea pronto incluido en el número de tus santos.

Amén.

Oración de Juan Pablo II por las familias

Oración por la Familia

Dios,de quien proviene toda paternidad
en el cielo y en la tierra:
Padre,que eres amor y vida,
haz que cada familia humana
que habita en nuestro suelo,sea,
por medio de tu Hijo Jesucristo,”nacido de mujer”
y mediante el Espíritu Santo,fuente de Caridad Divina,
un verdadero santuario de vida
y amor para las nuevas generaciones.

Haz que tu gracia guíe los pensamientos
y las obras de los cónyuges,
para bien propio y de todas las familias del mundo.

Haz que las jóvenes generaciones
encuentren en la familia un fuerte sostén humano,
para que crezcan en la verdad y el amor.

Haz que el amor,reforzado por la gracia
del Sacramento del Matrimonio,
se manifieste más fuerte que cualquier debilidad
o crisis que puedan padecer nuestras familias.

Te pedimos por intermedio de la Familia de Nazareth,
que la Iglesia pueda cumplir una misión fecunda
en nuestra familia,en medio de
todas las naciones de la tierra.

Por Cristo,nuestro Señor,Camino,Verdad y Vida,
por los siglos de los siglos.Amén.

Enero 21, 2008

Se necesitan locos!!

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 10:23 am
SE NECESITAN LOCOS   PARA AYUDAR A LOS CUERDOS  Y  FORMALES

SE NECESITAN LOCOS …

 

Los líderes son aquellos héroes cotidianos, que muchas veces son tildados de locos porque se atreven a transitar por caminos ignotos, a emprender vuelos que todos creían imposibles, que buscan metas que se consideran inaccesibles. Pero los líderes, en su dura lucha en búsqueda de nuevos panoramas, tienen grandes compensaciones, como decía alguien del perro que va a la cabeza del trineo, que es el que mejor lo pasa porque:

1. Pisa nieve limpia.

2. Es el primero en ver nuevos paisajes.

3. No le está viendo el trasero a los demás perros…

El autor del escrito ‘Se necesitan locos…’ expresa bien esa necesidad que tenemos de verdaderos líderes que todos esperamos para mejorar este mundo:

“Se necesitan locos… para ayudar a los cuerdos y formales…

¡Dios mío! Envíanos algunos de aquellos que se comprometen a fondo, que se olvidan de sí mismos, que saben amar con fuerza y que se entregan verdaderamente en cuerpo y alma.

Nos hacen falta locos, desafinados, apasionados, personas capaces de dar el salto en el vacío inseguro cuando algo o alguien los motiva.

Aquellos que saber aceptar la masa anónima, que no utilizan para su servicio al prójimo, que acompañan a inspiran a los cuerdos…

Nos hacen falta locos, ¡Dios mío!

Locos en el presente, enamorados de una vida sencilla, enamorados del amor, liberadores de angustias, amantes de la paz, libres de compromisos, decididos a no hacer nunca exclusiones, despreciando su propia comodidad o su vida.

Capaces de aceptar toda clase de desafíos, al mismo tiempo libres y obedientes, espontáneos y tenaces, alegres, dulces y fuertes, y en busca de los sueños que desean hacer realidad…’

Enero 9, 2008

Se sufre antes de nacer

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 8:51 pm


Se sufre antes de nacer

“El feto no sólo siente dolor, sino que su percepción parece ser más profunda que la de un niño mayor”: así lo afirma el doctor Carlo Benelli, médico neonatólogo italiano. “Lo sabemos -continúa- porque faltan en la vida fetal muchos mecanismos que se encargan, tras el nacimiento, de evitar el dolor. Sin embargo, ya desde la mitad de la gestación, los estímulos dolorosos han abierto todas sus vías para ser percibidos”.

“Todos los fetos nacidos prematuramente -explica Carlo Benelli- demuestran una vitalidad inesperada para la edad y las dimensiones. Hoy sabemos que el feto dentro del útero materno percibe olores y sabores. Oye los sonidos. Los recuerda después del nacimiento. Desde luego, sabemos que el feto, desde las 30 semanas de gestación, es capaz de soñar. En realidad, no se puede pensar que al salir del útero el bebé se hace persona. Porque en el nacimiento, desde el punto de vista físico, se cambia verdaderamente poco: entra aire en los pulmones, se interrumpe la llegada de la sangre desde la placenta, cambia el tipo de circulación de la sangre en el corazón y poco más”.

En estas últimas semanas, los medios de comunicación se han hecho eco de una noticia que ha salido a la luz gracias a un médico inglés, el profesor Campbell, que ha podido capturar imágenes de bebés en el útero materno por medio de un revolucionario escáner en tres dimensiones. En estas imágenes se puede ver cómo los bebés “realizan movimientos respiratorios dentro del útero, aunque no haya aire, o pestañean aunque no haya luz”, tal y como lo explica el profesor. En declaraciones a la prensa, éste afirmó: “No creo que la gente se dé cuenta de la variedad de expresiones faciales que se consiguen en el útero, ni siquiera de que los bebés parpadean. Con un escáner de dos dimensiones puedes ver que los globos oculares se mueven, pero ahora está bastante claro que abren los párpados en un medio muy oscuro, así que debe de ser un reflejo. Lo que esconde una sonrisa, por supuesto, no puedo decirlo, pero las comisuras de los labios se elevan y los carrillos se hinchan…”fuente :agea.net aquí

http://www.elnonacido.es/desarrollo_fetal_9_20.html

Latest Create Health Fetal Scans

Video Footage for 11 weeks Video Footage for 25 weeks Video Footage for 27 weeks Video Footage for 33 weeks
11 weeks Ultrasound Video Footage 25 weeks Ultrasound Video Footage 27 weeks Ultrasound Video Footage 33 weeks Ultrasound Video Footage
Imagery from 28 weeks Imagery from 29 weeks Imagery from 32 weeks Imagery from 33+ weeks
28 weeks Image 29 weeks Image 32 weeks Image 33+ weeks Image
Imagery from 36 weeks Imagery of Legs and Feet http://www.createhealth.org/p_gall.html  

Enero 7, 2008

Por una Cultura de la Vida

Archivado en: maternidad y embarazo — hojiblanca @ 5:29 pm

Propuesta de Declaración de los Derechos Humanos del Concebido en el seno materno
Por Mons. Pedro Agustín Rivera Díaz, Químico y Presbítero

Con el afán de contribuir a favorecer una cultura de la vida y de ser voz de los que no tienen voz y defender a los que no pueden defenderse, y porque a algunos incluso se les priva del derecho fundamental de la vida con lo que se les quita la posibilidad de algún día poder expresarse, es importante tener claridad de conceptos y poder establecer los derechos humanos de toda persona desde el momento de su concepción hasta su muerte natural.

Frente a quienes consideran que existe un derecho a decidir sobre la vida de los demás movidos desde las más diversas convicciones, la historia reciente nos recuerda las experiencias dramáticas a que han dado lugar tales posiciones, llamándonos a su vez a reflexionar y a levantar la voz para insistir en la necesidad del reconocimiento y garantía de los derechos humanos y en especial de la vida.

Sobre el tema de los derechos, la humanidad ha realizado muchos avances y así hablamos hoy de los “Derechos Humanos Universales”, de los “Derechos del Niño”, de los “Derechos de la Mujer”, de los “Derechos de los Jóvenes”, de los “Derechos de los Adultos Mayores”, de los “Derechos de los Discapacitados”, etcétera, todos los cuales buscan la protección de la persona humana a partir del reconocimiento de su dignidad, en sus múltiples proyecciones y circunstancias concretas.

La presente Declaración pretende contribuir al anterior proceso de maduración sobre los derechos humanos, promoviendo la conciencia de los “DERECHOS HUMANOS DEL CONCEBIDO EN EL SENO MATERNO”.

Indudablemente que el presente trabajo no agota todo lo que se podría decir sobre este tema. Es una iniciativa que hoy se presenta y que estará a disposición de foros públicos con la intención de crear conciencia en las sociedades y en las jurisprudencias sobre la necesidad urgente de reconocer, promover y defender estos derechos y procurar que sean respetados por los individuos y las instituciones, por lo que esperamos que algún día queden plasmados en los estatutos de las comisiones de derechos humanos, en las legislaciones de los países y en organismos internacionales.

Para los fines de esta presentación no se están considerando las fecundaciones realizadas fuera del seno materno, por lo que en otro momento se hablará de LOS DERECHOS HUMANOS DEL CONCEBIDO FUERA DEL SENO MATERNO.

 

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

DERECHOS HUMANOS. Los derechos humanos son aquellos derechos pertenecientes a todos los seres humanos y son asequibles a través de la razón y observables en la naturaleza. Se distinguen de los derechos constitucionales que son aquéllos reconocidos por las constituciones políticas de los Estados.

Los DERECHOS HUMANOS son: Inherentes: no dependen de un reconocimiento por parte del Estado. Universales: se extienden a todo el género humano en todo tiempo y lugar. Absolutos: porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad. Inalienables:, no pueden trasmitirse ni es posible renunciar a los mismos, bajo ningún título. Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos. Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de sí se hace uso de ellos o no. Irreversibles: están irrevocablemente integrados a la categoría de derecho humano. Indisolubles: todos deben ser ejercidos en su contenido esencial.

INICIO DE LA VIDA DEL SER HUMANO. De acuerdo a la certeza de la evidencia científica, se reconoce que el inicio de la vida humana se da en el momento en que dos células generativas humanas, óvulo y espermatozoide, se unen a través del proceso de la fecundación, momento a partir del cual un nuevo individuo humano inicia su desarrollo a través de diversas etapas continuadas entre sí hasta su muerte, pasando por los diversos momentos de la existencia humana, en un proceso gradual, coordinado, autogobernado por el mismo individuo, sin saltos cualitativos.

INICIO DEL EMBARAZO. De acuerdo a la certeza de la evidencia científica se sabe que a partir del momento en que el óvulo es fecundado por un espermatozoide, comienzan a producirse, en el cuerpo de la madre, una serie de cambios físicos y psíquicos importantes destinados a adaptarse a la nueva situación, y que continuarán durante los nueve meses siguientes. Este proceso que inicia en la mujer como fruto de la presencia de un nuevo ser humano diferente a ella, se reconoce como embarazo.

DISCRIMINACIÓN. Dado que la discriminación consiste en la exclusión social de uno o un grupo de individuos por parte de un grupo social dominante, rechazamos todo tipo de discriminación en contra de la mujer pero también consideramos grave error el que aduciendo “derechos de la mujer” no se consideren los Derechos del Concebido en el Seno Materno y violentándolos se favorezca la “Discriminación del Concebido en el Seno Materno”.

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA VIDA DESDE EL MOMENTO DE LA CONCEPCIÓN. Los artículos 1, 4 y 22 de la Constitución Mexicana vigente, pero especialmente el artículo 123 Constitucional, tal y como han sido objeto de interpretación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la luz de los Tratados Internacionales suscritos por México, protegen el derecho a la vida desde el momento mismo de la concepción.

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA NACIONALIDAD DEL CONCEBIDO. La reforma a los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, signada el 5 de marzo de 1997, en su Artículo Tercero Transitorio reconoce la nacionalidad mexicana del concebido; por lo que de acuerdo al artículo Primero de la Constitución, como individuo goza de las garantías que ella misma le otorga. Lo anterior, aunado a los ya reconocidos “Derechos Humanos Universales” y “Derechos de los Niños” permite reconocer los DERECHOS DE LA MEXICANA O MEXICANO, CONCEBIDO EN EL SENO MATERNO.

 

PROPUESTA DE DECLARACIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS DEL CONCEBIDO EN EL SENO MATERNO
Mons. Pedro Agustín Rivera Díaz, Químico y Presbítero

Principio 1.- Todo Concebido en el Seno Materno, hombre o mujer, disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todo Concebido en el Seno Materno, sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, origen social o posición económica de él o de sus progenitores.

Principio 2.- Todo Concebido en el Seno Materno, tiene derecho a ser reconocido como miembro de la especie humana y por lo mismo cuenta con todos los derechos humanos reconocidos por la ONU y otros organismos internacionales y nacionales, así como con todos los derechos consagrados a favor de la persona humana en los Tratados Internacionales y en las Constituciones y Legislación secundaria de los Estados.

Principio 3.- Todo Concebido en el Seno Materno, tiene derecho a que se le reconozca su individualidad en tanto que su código genético es único e irrepetible y por lo mismo diferente al de sus progenitores.

Principio 4.- Todo Concebido en el Seno Materno tiene derecho a que se le reconozca y respete el valor supremo de la vida, desde el momento de la concepción hasta su muerte natural y por lo mismo deberá de ser respetado y cuidado este derecho a lo largo de todo su proceso de vida en el seno materno y una vez nacido, fuera de él.

Principio 5.- Todo Concebido en el Seno Materno tiene derecho a una nacionalidad por lo que concebido en nuestro territorio nacional o siendo alguno de sus progenitores mexicano, su nacionalidad mexicana deberá ser reconocida y el Estado Mexicano deberá brindarle y proteger todos los derechos que le corresponden.

Principio 6.- Todo Concebido en el Seno Materno gozará de una protección especial, de parte de sus progenitores y del Estado, y dispondrá de las oportunidades y servicios, dispensados por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del concebido en el seno materno.

Principio 7.- Todo Concebido en el Seno Materno debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El concebido tendrá derecho a disfrutar de servicios médicos adecuados que propicien su pleno desarrollo.

Principio 8.- Todo Concebido en el Seno Materno que tenga alguna malformación genética o algún otro daño deberá recibir el tratamiento médico y los cuidados especiales que requiera su caso particular y propicien su nacimiento. Así como nuestra Constitución y legislación vigente reconoce y protege a los discapacitados; así también debe reconocer los derechos de los concebidos que presenten capacidades diferentes.

Principio 9.- Todo Concebido en el Seno Materno para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y cuidados. Siempre que sea posible, deberá desarrollarse en el seno materno al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material. La mujer embarazada deberá de contar con los cuidados y atenciones especiales propios de este periodo.

Principio 10.- El interés superior del Concebido en el Seno Materno debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de velar por su desarrollo integral; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres y solo de manera subsidiaria a sus demás familiares y a la sociedad en general.

Principio 11.- Todo Concebido en el Seno Materno deberá ser protegido de cualquier tipo de discriminación, por lo que no podrán aducirse derechos de otros para negarle el derecho a la vida.

Principio 12.- Una vez que el Concebido en el Seno Materno ha nacido deberá de gozar del respeto de todos los derechos inherentes a su nueva etapa de desarrollo humano y que están reconocidos como “Derechos del Niño”.

Principio 13.- El Concebido en el Seno Materno es una persona con sus derechos específicos que no puede reclamarlos ni exigirlos, por razones propias de la etapa de su desarrollo, por lo que se impone a sus padres y a la sociedad la obligación irrenunciable de velar por su cumplimiento.

Reyes 2008

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 12:26 pm

Magnífico libro .Es mi regalo de Reyes Magos..se puede leer desde el ordenador ….que lo disfrutemos

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MI ANGELITO EN LAS AGUAS

Enero 4, 2008

Archivado en: algunascosas — hojiblanca @ 10:57 am

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